Privar a una persona de un derecho por ser hijo ilegítimo es inconstitucional porque atenta contra el principio de igualdad que establece la Constitución de 1978. Pero además, es “anacrónico e ilegal” y “de dudosa moralidad”. Así lo establece una sentencia de la Audiencia de Badajoz. El fallo del tribunal anula, con ese argumento, la decisión de una jueza de esa capital de privar a Raquel Muguiro Guirado, de 20 años e hija extramatrimonial del Conde de Casa Ayala, Pedro Muguiro Morales-Arce, de heredar ese título nobiliario por haber nacido fuera del matrimonio. La resolución cancela además la Carta de Sucesión firmada en su día (el 12 de septiembre de 2012) por el Rey Juan Carlos I por la que su progenitor le cedía el título a su hermano: “La cesión en vida de un título nobiliario solo resulta posible si no se perjudica el derecho de aquella persona a quien en caso de muerte del titular le corresponda ostentar el título”. Y, en este caso, la perjudicada era su hija Raquel: “La sentencia es clara y rotunda, parece que al final sí, aunque yo paso del título, seré condesa”, decía ella con satisfacción ayer.
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Tal y como era de prever, la Justicia ha fallado a favor de Raquel Muguiro Guirado, enfrentada a su tío Alejandro Muguiro Morales-Arce, en su reclamación por la posesión efectiva del título de conde de Casa Ayala. Después de que una jueza de Badajoz le diera la razón a su tío Alejandro, que recibió el título por la cesión que le hizo el padre de Raquel, la Audiencia de Badajoz ha anulado dicha sentencia por considerar lesionados los derechos de Raquel, ya que según establece la resolución dictada el que Raquel naciera fuera del matrimonio de sus padres no es motivo para privarla del título paterno, algo inconstitucional y "de dudosa moralidad".
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